Convenios

 

Resoluciones UBA

 

Resoluciones para la actividad de Transferencia de Tecnología y Protección de Resultados de Investigación

 

Res. (CS) Nro. 1655/87
Reglamentación sobre actividades de cooperación técnica, producción de bienes, asesoramiento e incremento de subsidios de investigación.

 

Res. (CS) Nro. 2805/92
Modifica los artículos 9, 22 y 24 de la Res. (CS) Nro. 1655/87.

 

Res. (CS) Nro. 3404/99
Establece condiciones de uso de la denominación "Universidad de Buenos Aires", "UBA", el logo o isotipo de la UBA.

 

Res. (CS) Nro. 1868/03
Reglamentación sobre propiedad de resultados de investigación.

 

Res. (CS) Nro. 1133/2010
Reglamentacion sobre Actividades de Asistencia Tecnica y Cooperacion Academica.

 

Los convenios tienen como fin vincular a la Facultad con organismos e instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como internacionales; siendo estos la herramienta jurídica principal que reglamenta la transferencia de tecnológica, las actividades de cooperación, colaboración, producción de bienes, servicios, y de asistencia técnica.

 

En principio, los convenios deberán establecer:

 

  1. Objetivo.

  2. Derechos y obligaciones de cada una de las partes;

  3. Tiempo de vigencia.

  4. Rescisión

  5. Confidencialidad de las partes.

  6. Uso del logo de la Universidad de Buenos Aires, conforme a la Res. (CS) Nº 3404/99.

  7. Individualidad de las partes intervinientes.

  8. Unidad de Coordinación.

  9. Jurisdicción en los Tribunales Federales con sede en la Capital Federal.

  10. Derechos Intelectuales. Conforme a Res. (CS) Nº 6129/88.

 

La Facultad puede firmar diferentes tipos de instrumentos, como ser:

 

Convenio marco

 

Convenio específico

 

Convenio de edición

 

Convenios internacionales específicos

 

Asistencias Técnicas

 

Acuerdos

 

Actas complementarias

 

Protocolos

 

Documentación necesaria para los instrumentos nacionales:

 

Copia certificada del estatuto del organismo.

 

Copia Certificada de la documentación que acredite la capacidad para representar a la contraparte.

 

Documentación necesaria para los convenios específicos con Universidades/Facultades internacionales:

 

Carta de Intención de la contraparte, manifestando la voluntad de firmar un convenio.

 

Copia certificada del estatuto del organismo.

 

Copia Certificada del nombramiento del Decano/Preside y/o Rector. Dependerá del estatuto de la Universidad Extranjera.

 

IMPORTANTE:

 

  • Para evitar problemas o demoras, consulte al Área Convenios de la Facultad antes de proceder a la confección de los instrumentos cualquiera sea su naturaleza.

  • Antes de comenzar un expediente por mesa de entradas, consulte al Área Convenios de la Facultad para saber si existe convenio vigente o en trámite con la misma entidad.

  • Toda la documentación será válida solamente en idioma español.

  • Los convenios internacionales serán válidos solamente en idioma español. Se firmarán las copias en tantos idiomas como sea necesario. Esto dependerá de la/s parte/s intervinientes.

 

 

Contacto

 

Área convenios : Dra. Silvina Gudelevicius

 

convenios@filo.uba.ar

 

Puan 480 2º Piso. Interno 198

 

 

Nota aclaratoria para Convenios Específicos y de Asistencia Técnica

 

Esta Facultad, recuerda a todas las instituciones interesadas en suscribir convenios específicos y/o de asistencia técnicas y/o de servicios a terceros con esta Casa de Estudios que de acuerdo con la Res. CS Nº1655/87, los fondos ingresados a la Tesorería de esta Facultad por convenios específicos o de asistencia técnica se distribuiran de la siguiente manera:

-80% a la cuenta de servicios a terceros para el cumplimiento de la tarea establecida en el convenio.

-20% a la cuenta de recursos propios de la Facultad de Filosofía y Letras.

>Se hace saber que deberá consignarse en una cláusula del convenio respectivo los porcentajes antedichos y que hasta tanto la institución interesada no haya efectuado el depósito correspondiente, las tareas motivos del convenio no podrán ser ejecutadas.