Resoluciones UBA
Resoluciones para la actividad de Transferencia de Tecnología y Protección de Resultados de Investigación.
Reglamentación sobre actividades de cooperación técnica, producción de bienes, asesoramiento e incremento de subsidios de investigación.
Modifica los artículos 9, 22 y 24 de la Res. (CS) Nro. 1655/87.
Establece condiciones de uso de la denominación "Universidad de Buenos Aires", "UBA", el logo o isotipo de la UBA.
Reglamentación sobre propiedad de resultados de investigación.
Reglamentacion sobre Actividades de Asistencia Tecnica y Cooperacion Academica.
Los convenios tienen como fin vincular a la Facultad con organismos e instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como internacionales; siendo estos la herramienta jurídica principal que reglamenta la transferencia de tecnológica, las actividades de cooperación, colaboración, producción de bienes, servicios, y de asistencia técnica.
En principio, los convenios deberían establecer:
- Objetivo
- Derechos y obligaciones de cada una de las partes;
- Tiempo de vigencia.
- Rescisión
- Confidencialidad de las partes
- Uso del logo de la universidad de Buenos Aires, confirme a las Nº 3404/99.Res. CCS)
- Individualidad de las partes intervinientes.
- Unidad de coordianción.
- Jurisdicción en los tribunales Federales con sede en la Capital Federal.
- Derechos intelectuales. Conforme a Res (CS)
La Facultad puede firmar diferentes tipos de instrumentos, como ser:
Convenio marco
Convenio específico
Convenio de edición
Convenios internacionales específicos
Asistencias Técnicas
Acuerdos
Actas complementarias
Protocolos
Documentación necesaria para los instrumentos nacionales:
Copia certificada del estatuto del organismo.
Copia Certificada de la documentación que acredite la capacidad para representar a la contraparte.
Documentación necesaria para los convenios específicos con Universidades/Facultades internacionales:
Carta de Intención de la contraparte, manifestando la voluntad de firmar un convenio. Copia certificada del estatuto del organismo. Copia Certificada del nombramiento del Decano/Preside y/o Rector. Dependerá del estatuto de la Universidad Extranjera.
IMPORTANTE:
- Para evitar problemas o demoras, consulte al Área Convenios de la Facultad antes de proceder a la confección de los instrumentos cualquiera sea su naturaleza.
- Antes de comenzar un expediente por mesa de entradas, consulte al Área Convenios de la Facultad para saber si existe convenio vigente o en trámite con la misma entidad.
- Toda la documentación será válida solamente en idioma español.
- Los convenios internacionales serán válidos solamente en idioma español. Se firmarán las copias en tantos idiomas como sea necesario. Esto dependerá de la/s parte/s intervinientes.
> Contacto:
Área convenios : Dra. Silvina Gudelevicius
Puan 480 2º Piso. Interno 198
Nota aclaratoria para Convenios Específicos y de Asistencia Técnica
Esta Facultad, recuerda a todas las instituciones interesadas en suscribir convenios específicos y/o de asistencia técnicas y/o de servicios a terceros con esta Casa de Estudios que de acuerdo con la Res. CS Nº1655/87, los fondos ingresados a la Tesorería de esta Facultad por convenios específicos o de asistencia técnica se distribuiran de la siguiente manera:
-80% a la cuenta de servicios a terceros para el cumplimiento de la tarea establecida en el convenio.
-20% a la cuenta de recursos propios de la Facultad de Filosofía y Letras.
>Se hace saber que deberá consignarse en una cláusula del convenio respectivo los porcentajes antedichos y que hasta tanto la institución interesada no haya efectuado el depósito correspondiente, las tareas motivos del convenio no podrán ser ejecutadas.